Conforme a lo dispuesto en el artículo 21.2 de la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa, se efectúa la convocatoria para la concesión de las subvenciones en materia de infancia, adolescencia y juventud del Departamento de Política Social para el año 2008.
Las bases reguladoras de dichas subvenciones se recogen en el Decreto Foral 18/2006, de 14 de marzo (Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 55, de 21 de marzo de 2006).
En concreto, la presente convocatoria se refiere a la línea de subvención contemplada en el anexo I del citado Decreto Foral (colonias y campamentos de verano).
Los criterios de concesión y cuantificación de las ayudas se recogen en la orden foral de 13 de abril de 2004, publicada en el Boletín Oficial de Gipuzkoa nº 73, de 21 de abril de 2004.
Las subvenciones, además de por lo dispuesto en la normativa citada, se regirán por la Norma Foral 3/2007, de 27 de marzo, de subvenciones del Territorio Histórico de Gipuzkoa y sus disposiciones de desarrollo. El procedimiento de control financiero de las subvenciones será el establecido en el Capítulo Quinto del Título VII de la Norma Foral 4/2007, de 27 de marzo, de Régimen Financiero y Presupuestario del Territorio Histórico de Gipuzkoa.
El plazo de presentación de las solicitudes de ayudas contempladas en el Anexo I del Decreto Foral 18/2006, de 14 de marzo, finalizará el 30 de abril de 2008.
De conformidad con lo dispuesto en los artículos 5.2 del Decreto Foral 18/2006, de 14 de marzo, y 59.6.b) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Publicas y del Procedimiento Administrativo Común, la resolución de la convocatoria será objeto de publicación en el Boletín Oficial de Gipuzkoa, sustituyendo dicha publicación a la notificación individual y entendiéndose efectuada ésta a todos los efectos legales desde el día siguiente a dicha publicación. Sin que la falta de su constancia obste a la producción de dichos efectos, se procurará informar a las entidades interesadas también mediante alguno o algunos de los siguientes medios: inclusión de la resolución en la página web del Servicio (www.gipuzkoa.net/gazteria), correo electrónico, teléfono, fax...