Diputación Foral de Gipuzkoa

ANEXO IV

HASTA TRES AYUDAS ECONÓMICAS PARA IMPULSAR LA PUESTA EN MARCHA DE PROYECTOS DE INVESTIGACIÓN, DESARROLLO E INNOVACIÓN ORIENTADOS A FOMENTAR LAS BUENAS PRÁCTICAS EN INFANCIA, ADOLESCENCIA Y JUVENTUD

  • 1.-Objeto

    Es objeto de las presentes bases la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de hasta tres ayudas económicas por un importe máximo de 18.000 euros cada una, para impulsar la puesta en marcha de proyectos de investigación, desarrollo e innovación orientados a fomentar las buenas prácticas en infancia, adolescencia y juventud.

    Los proyectos deberán estar alineados con los objetivos, competencias y servicios de la Dirección General de Juventud y Acción Comunitaria, y podrán referirse a:

    • Servicios dirigidos a la infancia, adolescencia y/o juventud guipuzcoana: ocio educativo, información juvenil, promoción o emancipación juvenil. También se podrán considerar proyectos orientados a realizar prospectiva y evaluación de políticas de infancia, adolescencia y juventud.
    • Prevención y protección de la infancia, adolescencia y juventud en situación de riesgo de desprotección o desprotección.

    Dos de los proyectos estarán relacionados con el primer apartado (servicios y políticas de infancia, adolescencia y juventud) y el tercero con el segundo (infancia, adolescencia y juventud en situación de riesgo de desprotección o desprotección), siempre y cuando los proyectos presentados garanticen la calidad suficiente.

    Los proyectos a desarrollar deberán contener, por lo menos, dos de las tres fases siguientes:

    • Estudio de necesidades y diseño del proyecto innovador a aplicar de manera experimental.
    • Puesta en marcha del proyecto piloto y evaluación de resultados.
    • Socialización del proyecto y sus resultados (difusión del proyecto y transferencia de resultados a otros agentes para los que la mejora o innovación propuesta resulte significativa) a través de publicaciones, seminarios, jornadas,...
  • En cualquier caso las dos fases deberán ser consecutivas.

    El desarrollo del proyecto deberá realizarse en el Territorio de Gipuzkoa y la mejora o innovación propuesta deberá resultar significativa para los agentes que desarrollan su labor en Gipuzkoa (este aspecto deberá quedar acreditado en la justificación, con especial atención en aquellos casos en los que no se prevé la realización de la fase a).

    Los proyectos objeto de estas ayudas deberán iniciarse durante el año de la convocatoria, si bien podrán también subvencionarse la continuidad de proyectos iniciados en el año anterior, en caso de que lo exija el desarrollo de las fases señaladas, siempre que el Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud considere óptima la ejecución del proyecto y el grado de colaboración de la entidad perceptora con dicho Servicio, y que la solicitud resulte preferente frente a otras de la misma convocatoria.

  • 2.-Entidades beneficiarias

    Podrán optar a las ayudas entidades públicas y privadas sin ánimo de lucro.

    Las entidades beneficiarias serán prioritariamente guipuzcoanas, pero no se excluirán otras, siempre que el desarrollo del trabajo se realice en el Territorio Histórico de Gipuzkoa.

    Quedan excluidos de esta convocatoria los trabajos de investigación ya finalizados, así como los trabajos de investigación no concertados con una o varias entidades que garanticen el desarrollo de la fase de puesta en marcha del proceso y evaluación de resultados.

  • 3.-Documentación a presentar

    Las instancias de solicitud deberán presentarse acompañadas de la siguiente documentación:

    • Propuesta de proyecto a desarrollar según guión facilitado por el Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud.
    • Presupuesto.
  • 4.- Evaluación y cuantificación de las subvenciones

    • Las solicitudes presentadas serán analizadas e informadas por una Comisión del Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud, que elevará propuesta de resolución al órgano competente. Dicha Comisión estará compuesta por el Jefe de Servicio, el Jefe de Sección de Promoción de Infancia y Juventud, el Jefe de Sección de Protección de la Infancia y un/a técnico/a del Servicio, pudiendo asesorar a la misma personas expertas externas al Servicio.
    • La concesión de las ayudas económicas se efectuará a partir de los siguientes criterios:
      • Características del proyecto (hasta 40 puntos):
        • Carácter innovador del proyecto.
        • Aplicabilidad del proyecto.
        • Posibilidad de transferencia de resultados, fomento de buenas prácticas.
        • Viabilidad técnica.
        • Viabilidad económica.
        • Capacidad del solicitante.
        • Planteamiento interdisciplinar del proyecto.
        • Integración del proyecto en otros de escala supraprovincial que permitan la comparación de los resultados.
        • Valoración del interés de los objetivos propuestos y congruencia de los mismos con las acciones que se planteen.
        • Previsión de que el proyecto tenga previsto realizar recomendaciones para la mejora de las actuaciones en política de infancia, adolescencia y juventud.
      • Metodología a formalizar y su impacto (hasta 40 puntos):
        • Población destinataria.
        • Necesidades y objetivos a los que responde la metodología a desarrollar.
        • Descripción de la metodología que se pretende desarrollar.
        • Transferencia de la metodología una vez desarrollada.
        • Prioridad dada a la perspectiva de género.
        • Tratamiento de la integración de la diferencia.
        • Tratamiento de las lenguas oficiales en el proyecto.
        • Incorporación de la perspectiva multicultural.
        • Encuadre del proyecto en los ejes estratégicos del Plan Estratégico del Servicio de Infancia Juventud y Cooperación al desarrollo 2005-2008.
      • Fuentes de financiación (hasta 20 puntos)
        • Porcentaje que representen los ingresos propios respecto del presupuesto previsto.
        • Ayudas demandadas o obtenidas para el mismo fin.
  • 5.-Abono de la subvención

    El abono de la subvención que corresponda se hará efectivo de la siguiente forma:

    • El 50% de su importe, en el momento de la concesión. Dadas las características de las entidades beneficiarias de las ayudas previstas en el presente Decreto Foral, éstas no deberán presentar garantías por el importe de la ayuda anticipada.
    • El 50% restante, a la presentación de la documentación señalada en la base 6ª.
  • 6.- Obligación de justificación

    • Las entidades perceptoras deberán presentar la siguiente documentación antes del 1 de mayo del año siguiente al de la convocatoria:
      • Memoria de desarrollo del proyecto, según guión que se facilite por el Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud de la Diputación Foral de Gipuzkoa.
      • Balance de gastos e ingresos correspondiente al desarrollo del proyecto, según modelo que se facilitará en el Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud.
      • Cualquier otra documentación que se determine en la resolución de concesión de la subvención.

    Las entidades subvencionadas deberán permitir al Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud la realización de todas aquellas actuaciones que estime oportunas, destinadas a supervisar el desarrollo de los proyectos subvencionados y verificar su correcta ejecución. Asimismo, deberán dar cumplimiento a cuantas observaciones y recomendaciones que, en este sentido, reciban de dicho Servicio.

    En el caso de que los proyectos subvencionados fueran objeto de posterior edición o difusión pública en cualquier soporte físico, electrónico o magnético, las entidades beneficiarias de las ayudas deberán incluir el logotipo de la Diputación Foral de Gipuzkoa precedido de la mención "con la colaboración del Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud de la Diputación Foral de Gipuzkoa", así como remitir a dicho Servicio dos ejemplares del material editado (uno con la versión en castellano y otro con la versión en euskara). El Servicio de Infancia, Adolescencia y Juventud podrá difundir por sus propios medios los resultados del proyecto, respetando siempre la autoría y propiedad del mismo.

  • 7.-Presupuesto

    En la convocatoria anual de estas subvenciones se señalará el programa y la consignación presupuestaria existente para las mismas.

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