Es objeto de las presentes bases la concesión de ayudas económicas para la realización de planes, programas, actividades y servicios destinados a la infancia, la adolescencia y la juventud promovidos por los municipios guipuzcoanos.
Se establecen tres modalidades de colaboración entre los municipios y la Diputación Foral de Gipuzkoa:
Quedan excluidas de estas ayudas todas aquéllas actividades y programas que sean de carácter deportivo, escolar o extraescolar, o que sean considerados parte integrante de la programación festiva de la localidad solicitante.
Podrán acogerse a las ayudas económicas todos los municipios guipuzcoanos que cumplan los requisitos que se hacen constar en estas bases.
Se subvencionarán aquellas actividades llevadas a cabo por jóvenes del municipio y que al objeto de potenciar la participación y promoción de los mismos, el ayuntamiento considere de interés financiar.
Adquisición de material inventariable para equipamientos socioculturales públicos dirigidos específicamente a adolescentes y/o jóvenes, excepto albergues de juventud, así como gastos del personal dedicado a la gestión de servicios y programas de equipamientos socioculturales públicos dirigidos específicamente a adolescentes y/o jóvenes.
Realización de campañas de prevención de actitudes y conductas xenófobas o racistas entre los/las jóvenes.
Organización o apoyo a exposiciones, ferias y actividades de difusión asociativa.
Organos municipales de participación juvenil.
Cuando las ayudas que correspondan a un municipio sean inferiores a los 200,00 euros, serán redondeadas al alza hasta esa cantidad.
Las ayudas del apartado 1.c) serán abonadas de una única vez, de forma simultánea a su concesión, tras la presentación de la documentación que se indica en la base 3. En caso de que la concesión de la subvención se instrumente a través de un convenio de colaboración, la forma de abono será la que se determine en el mismo; en caso de preverse la realización de anticipos, dadas las características de las entidades beneficiarias de las ayudas previstas en el presente Decreto Foral, éstas no deberán presentar garantías por el importe de la ayuda anticipada.
En la convocatoria anual de estas subvenciones se señalará el programa y la consignación presupuestaria existente para las mismas.